[language-switcher]

¿Cuánto debe ganar?

Para la categoría de trabajadores domésticos existe un convenio colectivo del sector que establece los baremos y los salarios mínimos legales por subcategoría.

Estos baremos se aplican también al personal de servicio doméstico diplomático y a los empleados sin permiso de residencia legal. Estos también tienen derecho al salario mínimo y al incremento correspondiente según su antigüedad.

Baremos por sector

En los baremos oficiales se establece un incremento del salario en función de la antigüedad. Por tanto, el salario mínimo debe aumentar cada año. El salario debe pagarse en euros (€, y no en moneda extranjera) y el importe que debe recibir el empleado depende de la subcategoría a la que pertenece.

El cuadro siguiente muestra cuánto debe ganar el trabajador doméstico por hora o al mes (trabajo a tiempo completo):

Pago en especie

Según el principio general, su salario como trabajador doméstico debe pagarse con dinero pero, en el caso de los trabajadores domésticos residentes, la ley establece que se puede pagar (solo) una parte del salario en especie.. No obstante, esto es posible únicamente si se cumplen una serie de condiciones:

  • El pago en especie debe quedar reflejado en un contrato escrito. Si no cuenta con un contrato escrito, no es posible realizar un pago en especie.
  • Esto debe estar claramente reflejado antes del inicio del empleo.
  • Al empleador no le está permitido perseguir su propio beneficio.
  • Todos los gastos deben calcularse en función de los precios de mercado reales.

¿Qué gastos pueden deducirse como pagos en especie?

La ley establece cantidades fijas para los gastos siguientes:

  • El precio de coste del gas, la electricidad, el agua, la calefacción y el combustible.
  • Alimentación (la ley establece importes diarios fijos).
    • Desayuno: 0,55 €
    • Almuerzo (o la comida principal del día): 1,09 €
    • Cena: 0,84 €
  • Vivienda (uso de un dormitorio): 0,74 €
blank

La ley establece que su empleador puede pagarle en especie un máximo del 20 % del salario bruto total.

Si su empleador le facilita una vivienda completa para su uso propio, podrá pagarle en especie hasta el 40 % de su salario.

Si su empleador se hace cargo de todos sus gastos de alimentación y vivienda, puede pagarle en especie hasta el 50 % de su salario.