Requisitos para la aprobación
Puede consultar toda la información sobre el procedimiento administrativo para la aprobación de la contratación en la Guía de protocolo elaborada por la Dirección de Protocolo. A continuación se resumen los aspectos más importantes.
El empleado
El candidato a asistente particular debe:
- No tener la nacionalidad belga ni tener residencia permanente en Bélgica.
- No tener permiso de residencia legal ni permiso de residencia temporal en Bélgica (p. ej. como turista, au pair, estudiante).
- Ser mayor de 18 años.
Documentación
- El empleador debe solicitar la autorización a la Dirección de Protocolo mediante una nota verbal de la misión diplomática.
- Se debe firmar un contrato de trabajo conforme a la legislación belga.
- Ambas partes deben firmar una declaración de regreso.
Puede consultar más información sobre el contrato de trabajo aquí.
Seguros y seguridad social
- A menos que el empleado esté exento de informar a la seguridad social belga, el empleador debe presentar un certificado de alta y un certificado de registro en una mutualidad o en el fondo de seguros por enfermedad e invalidez (Hulpkas voor Ziekte- en Invaliditeitsverzekering, HZIV).
- Si el empleador está exento de informar a la seguridad social belga, el empleador debe presentar un certificado de alta en la seguridad social del estado acreditante o de un país tercero y un comprobante de contratación de un seguro médico privado (pagado por el empleador).
- Un seguro pagado por el empleador que cubra accidentes de trabajo y los costes de repatriación, en su caso
Puede consultar más información sobre seguridad social y seguros médicos aquí.
Residencia en Bélgica
- El empleado recibe una tarjeta de identidad especial con validez de un año, que puede renovarse hasta que acabe el plazo máximo la estancia de 10 año.
- El empleador debe hacerse cargo de los gastos del regreso del empleado.
Puede encontrar más información aquí.