Asignación económica y otros gastos

Dinero de bolsillo

Las familias de acogida están legalmente obligadas a pagar la asignación económica acordada. La asignación económica debe depositarse cada mesa en una cuenta bancaria (no al contado) y nunca puede ser inferior a 450 €

  • La asignación ecnómica debe pagarse integralmente en base a la cantidad establecida en el contrato
  • No se admiten deducciones o descuentos.
  • La asignación económica debe pagarse integralmente, independientemente de períodos de inactividad, aun cuando el au pair esté enfermo o la familia de acogida (o el au pair) esté de vacaciones.
  • La familia de acogida puede pagar más de la asignación mínima, pero no pueden pedirle que a cambio, trabaje más horas.

¿Quién paga qué?

La familia de acogida está legalmente obligada a pagar determinados gastos. Sin embargo, existen otros gastos que deben ser cubiertos por el au pair. Para establecer acuerdos claros con la familia de acogida, es importante saber cuáles gastos deben ser pagados por cada quién.

¿Qué debe ser proporcionado por la familia de acogida?

  • Alimentos y comidas gratuitas.
  • La asignación económica.
  • Un seguro médico.
  • Repatriación por enfermedad o accidente.

La familia de acogida tiene la obligación legal de cubrir estos gastos. No hay lugar para excepciones, deducciones o descuentos.

¿Qué debe ser cubierto por el au pair?

  • El boleto de avión.
  • El curso de idiomas.
  • Gastos personales.
  • Gastos administrativos del visado y la tarjeta de residencia.

La familia de acogida no tiene la obligación legal de cubrir estos gastos. Aun así, si quieren, pueden optar por cubrir estos gastos, pero no pueden deducir estos gastos de la asignación económica ni pueden pedirle que a cambio, usted trabaje horas extra.

Pagar menos de 450 € es ilegal. Si la familia de acogida deduce determinados gastos de su asignación económica o no paga la cantidad acordada, puede presentar una denuncia ante la inspección de trabajo.